
Número máximo de piezas a extraer por pescador y por día:
- Tres (3) en todos los ambientes de aguas interiores (lagunares y fluviales).
Artes de pesca permitidas:
Caña y reel para las siguientes modalidades: “Spinning” o “Bait cast”, “fly cast” y pesca con carnada natural; quedando prohibido cualquier otro arte y modalidad de pesca. Para el “Spinning”, y/o “fly cast” se permite el uso de señuelos y/o artificiales de cualquier tipo. Para la pesca con carnada natural se autoriza el uso de cualquier línea (flote o fondo) confeccionada con hasta un máximo de un (1) anzuelo simple con una abertura mínima de veinticinco (25) milímetros.
Una (1) caña por pescador como máximo, para el desarrollo de cualquiera de las modalidades de pesca, quedando prohibida la pesca simultanea con más de una caña y/o modalidades.
Talla mínima de captura:
Cuarenta (40) centímetros, medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior de la boca hasta el extremo posterior de la aleta caudal.
Temporada de pesca:
1° de Febrero al 31 de Octubre de cada año.
Temporada de veda:
1° de Noviembre al 31 de Enero del año siguiente. En el período de veda y durante los meses de noviembre y diciembre se permite la pesca deportiva los días sábados, domingos y feriados con devolución obligatoria e inmediata en el mismo lugar de pesca y con menor daño posible. Durante el mes de enero se permite la extracción y sacrificio de tres (3) ejemplares de la talla mínima permitida, por persona y por día, solamente los días sábados, domingos y feriados.
Fuente: Material de difusión de la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires.










