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Restricciones

Restricciones Pejerrey - Ambientes lagunares

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Pejerrey de lagunaNúmero máximo de piezas a extraer por pescador y por día:

- Chasicó (Villarino y Puan): cuarenta (40).
- Cochicó (Guaminí): Treinta (30).
- El Hinojo (Trenque Lauquen): Treinta (30).
- La Salada (Gral. Pinto): Treinta (30).
- La Salada Grande (Gral. Madariaga – Gral. Lavalle): Treinta (30).
- Las Tunas (Trenque Lauquen): Treinta (30).
- Resto de lagunas, incluida albúfera de Mar Chiquita: Veinticinco (25).

Artes de pesca permitidas:

Una (1)  caña por pescador, provista tanto para la línea de flote como de fondo, de un máximo de tres (3) anzuelos simples, de abertura igual a 7,8 milímetros como mínimo.

Talla mínima de captura:

Veinticinco (25) centímetros, medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal.

Temporada de pesca:

2 de Diciembre de cada año al 31 de Agosto del año siguiente.

Temporada de veda:

1° de Septiembre al 1° de Diciembre de cada año.

Fuente: Material de difusión de la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires.

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Última actualización el Lunes, 18 de Abril de 2011 05:28
 

Restricciones Pejerrey - Ambientes fluviales

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PejerreyNúmero máximo de piezas a extraer por pescador y por día:

  • Veinticinco (25) en ríos, arroyos y canales.

Artes de pesca permitidas:

Una (1)  caña por pescador, utilizando para la línea de flote un máximo de cinco (5) anzuelos simples y para la modalidad de fondo un máximo de tres (3) anzuelos simples.

Talla mínima de captura:

Sin restricciones.

Temporada de pesca:

2 de Diciembre de cada año al 31 de Agosto del año siguiente.

Temporada de veda:

1° de Septiembre al 1° de Diciembre de cada año.

Fuente: Material de difusión de la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires.

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Última actualización el Lunes, 18 de Abril de 2011 05:26
 

Restricciones Tararira

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TarariraNúmero máximo de piezas a extraer por pescador y por día:

- Tres (3) en todos los ambientes de aguas interiores (lagunares y fluviales).

Artes de pesca permitidas:

Caña y reel para las siguientes modalidades: “Spinning” o “Bait cast”, “fly cast” y pesca con carnada natural; quedando prohibido cualquier otro arte y modalidad de pesca. Para el “Spinning”, y/o “fly cast” se permite el uso de señuelos y/o artificiales de cualquier tipo. Para la pesca con carnada natural se autoriza el uso de cualquier línea (flote o fondo) confeccionada con hasta un máximo de un (1) anzuelo simple con una abertura mínima de veinticinco (25) milímetros.

Una (1) caña por pescador como máximo, para el desarrollo de cualquiera de las modalidades de pesca, quedando prohibida la pesca simultanea con más de una caña y/o modalidades.

Talla mínima de captura:

Cuarenta (40) centímetros, medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior de la boca hasta el extremo posterior de la aleta caudal.

Temporada de pesca:

1° de Febrero al 31 de Octubre de cada año.

Temporada de veda:

1° de Noviembre al 31 de Enero del año siguiente. En el período de veda y durante los meses de noviembre y diciembre se permite la pesca deportiva los días sábados, domingos y feriados con devolución obligatoria e inmediata en el mismo lugar de pesca y con menor daño posible. Durante el mes de enero se permite la extracción y sacrificio de tres (3) ejemplares de la talla mínima permitida, por persona y por día, solamente los días sábados, domingos y feriados.

Fuente: Material de difusión de la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires.

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Última actualización el Lunes, 18 de Abril de 2011 05:34
 

Restricciones – Pesca Deportiva Marina

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Pesca en el marArtes y Modalidades de pesca generales:

Una (1) caña por persona en la pesca embarcada y dos (2) cañas por pescador desde la costa, pudiendo portar cañas de repuesto, tanto para la pesca embarcado como de costa. Se prohíbe el uso de los denominados robadores o anzuelos triples, con la excepción de los casos específicamente enunciados. Se permiten las modalidades que requieran el uso de señuelos artificiales, definidas como “fly cast”, “Spinning”, “Trolling”, “Gigging” y “Bait cast”, permitiéndose un solo anzuelo triple por señuelo, y prohibiéndose el uso de aquellos que contengan pilas o baterías.

Categoría: Pesca Variada.

N° Máx. de piezas x día: cuarenta (40).

Artes y modalidades por categoría: Máximo tres (3) anzuelos simples por caña.

Categoría: Pesca Variada con Reserva.

N° Máx. de piezas x día: dos (2).

Artes y modalidades por categoría: Máximo tres (3) anzuelos simples por caña.

Categoría: Pesca Dirigida.

N° Máx. de piezas x día: diez (10).

Artes y modalidades por categoría: Para la pesca de lenguado se permitirá el uso de un anzuelo triple por línea de pesca.

Categoría: Pesca Dirigida de Pejerrey.

N° Máx. de piezas x día: cuarenta (40).

Artes y modalidades por categoría: Máximo cinco (5) anzuelos simples o bien línea tipo “lengue” confeccionada con un número de hasta quince (15) anzuelos, no podrá usarse ninguna clase de carnada.

Categoría: Pesca Dirigida con Reserva.

N° Máx. de piezas x día: devolución obligatoria.

Artes y modalidades por categoría: Una (1) caña por pescador en la pesca embarcada y dos (2) cañas por pescador de costa, contando co aparejos con un solo anzuelo. Se deberán utilizar anzuelos curvos tipo mustad 39960 BL ó de fácil degradación tipo mustad 3406ven las medidas 12/0 ó 14/0, con la lanceta medianamente rebajada. Nylon de la mayor resistencia posible (0,70 Mm. de grosor mínimo). Se recomienda el uso de una boya tope a 25 cm. del anzuelo para las líneas de fondo, y prohibiéndose el uso de aquellos que contengan pilas o baterías.

Fuente: Material de difusión de la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires.

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Última actualización el Lunes, 18 de Abril de 2011 05:24
 


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